¿NOS VEMOS EN LAS REDES?
Desde hace tiempo quería escribir una entrada sobre las exclusivas en las bodas, pero nunca encontraba el momento de hacerlo.
Este año he realizado varios reportajes de boda en los que las parejas han tenido que pagar un soborno canon para que yo pudiera hacer su reportaje, y en otros casos incluso se me ha impedido el acceso a la iglesia de turno. Esta tarde me he reunido con una pareja que se casa el próximo año y me ha contado que la finca les pide 150 euros si no contratan al “fotógrafo de la casa”… creo que ya es hora de hablar claro sobre estas prácticas pseudo-mafiosas.
El origen de las exclusivas se remonta varias décadas atrás, una época en la que los novios llegaban a la iglesia sin haber contratado fotógrafo (lo sé, a día de hoy es impensable… pero así era). Los fotógrafos de boda de la época se apostaban en la puerta de los templos y ofrecían sus servicios a las parejas, como si fueran mercaderes en la medina de Marrakech. Algunos profesionles, un poco más avispados que el resto, negociaron con los párrocos ser los fotógrafos en exclusiva de la iglesia (a cambio de un jugoso soborno donativo) para acabar con escenas surrealistas a la entrada de las bodas.
Estas prácticas se extendieron rápidamente a restaurantes y fincas, pasando en algunos casos de padres a hijos, perpetuándose en el tiempo hasta el punto de que en la actualidad muchas parejas lo consideran “normal”.
No es normal. No es moral. Y no es legal.
Las exclusivas en las iglesias.
En algunas iglesias justifican las exclusivas con argumentos como que “su fotógrafo conoce y respeta la eucaristía, y sabe en qué momento puede o no puede fotografiar”. Esto es cierto, tanto para el que le paga mordida donativo como para cualquier fotógrafo de bodas profesional: todos conocemos sobradamente la liturgia.
Y en caso de duda, no hay problema en reunirse con el cura para que éste haga saber al profesional las peculiaridades de su parroquia.
Otros argumentan que “su fotógrafo conoce los mejores ángulos de la iglesia”. Esto seguramente quiera decir que hace exactamente las mismas fotografías boda tras boda, como si fabricara tornillos. A cualquier fotógrafo de bodas profesional le bastan 5 minutos para ver los tiros posibles, analizar la luz disponible y saber qué posibilidades ofrece el templo.
Algún que otro cura permite acceder a la boda al fotógrafo de la elección de la pareja, previo pago del correspondiente cohecho canon. Se ve que les parece poco el dinero que piden a la pareja por casarles e intentan además recuperar la comisión que les da el “fotógrafo de la parroquia”.
Estos sacerdotes se olvidan de que en el artículo nº 2 de la instrucción nº 8 de Mayo de 2003 del Arzobispado de Madrid establece que el Responsable del Templo puede conceder autorización para realizar fotografías o filmaciones a otro fotógrafo, a petición de quiénes celebran los sacramentos, acreditando que el fotógrafo que vaya a trabajar tiene la formación litúrgica suficiente. Y también pasan por alto las declaraciones del Papa Francisco sobre las iglesias que cobran por administrar sacramentos (ver noticia).
Las exclusivas en las fincas y restaurantes.
Los argumentos de los propietarios de fincas son similares a los de los curas, a lo que algunos añaden un “canon por derechos de imagen”. Los novios ya están pagando una cuantiosa cantidad por el uso y disfrute de sus instalaciones, entre lo que se incluye su reportaje fotográfico, por lo que no ha lugar a dicho canon.
Además de los aspectos legales, ¿es decente pedir dinero por no dar un servicio? Es algo así como ir a cenar a un restaurante y que te obliguen a pedir solomillo a la pimienta… y si no te apetece, te cobren por no servírtelo. ¿No les da vergüenza pedir a una pareja 150 euros por no contratar al fotógrafo de la casa, cuando van a invertir en su banquete muchos miles de euros?
La inclusión de claúsulas que obligan a la contratación de servicios no solicitados, o penalizan la no contratación de los mismos se considera abusiva y atenta contra la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
El derecho a la propia imagen está recogido en el artículo 18 de la Constitución, por el cual corresponde sólo a la pareja decidir quién puede fotografiarles.
Todos los argumentos son ridículos y tan sólo intentan disimular la única razón que hay detrás de las exclusivas: la comisión que el fotógrafo paga al cura o finca para que le envíen clientes a punta de pistola.
Ahí va una sugerencia para los dueños de fincas y restaurantes: ya que su negocio es dar de comer a la gente, hagan bien su trabajo y suban el precio de cada cubierto 1 ó 2 euros para compensar la comisión que les da su fotógrafo, y que cada pareja elija al fotógrafo que quiera para su boda.
Los únicos que pueden hacer cambiar esta situación son las parejas. No aceptando claúsulas abusivas, reclamando o incluso denunciando. En 2004 se condenó al fotógrafo en exclusiva del Cerro de los Ángeles a pagar a la pareja una indemnización de 6.000 euros… y a día de hoy ya no existe la exclusiva en esa iglesia.
Nadie quiere deslucir un día tan especial como una boda, y precisamente de eso se sirven estos individuos. No se trata de montar un espectáculo el día de la celebración, ante todo sentido común. Hay que intentar razonar todo lo posible semanas o meses antes, y si no se atiende a razones, a la vuelta del viaje de novios plantearse poner la correspondiente reclamación o incluso denuncia.
¿Dejarías que un sacerdote o el dueño de una finca eligiera tu vestido de novia?
¿No?
Entonces ¿por qué dejar que elija al fotógrafo de tu boda?
Justo ahora estoy a punto de empezara a visitar fincas. Gracias a ti ahora tendré estas cosas en cuenta, ya qu yo también soy muy selectiva en el ámbito fotográfico no podría imaginar que me obligasen a contratar a alguien que no me gusta. Muchas gracias, Que opinais con que una finca tenga su propio catering y no te deje traer otro?
Me alegro de que este artículo te haya sido útil.
No puedo hablar sobre las fincas y los cátering, pues no conozco con suficiente profundidad la legalidad que les aplica.
Saludos!